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Formación de lideres en Auditoría

Curso de 40 horas dirigido a estudiantes y profesionales que laboren en Auditoría Interna, Auditoría Externa, Revisoría Fiscal o que aspiren a ser auditores en Entidades del Estado y Sector Privado.

La planeación, punto de partida para el éxito del proceso auditor

La planeación consiste en fijar el curso concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los principios que habrán de orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo, y la determinación de tiempos y números necesarios para su realización".

Bienvenidos a mi Blog

Mi blog, recoge de manera sucinta algunas reflexiones a considerar en el proceso de auditoría y control interno, fruto de la experiencia como auditor externo e interno, en un número importante de entidades. Esta iniciativa establecerá las acciones y eventos que el especializado en auditoria debería considerar, para contra restar los efectos nocivos que prácticas de la administración pública desarticulan e impiden el cumplimiento de los objetivos misionales de las entidades, con cuantiosas pérdidas en recursos y mala atención a sus usuarios, que a la postre como en el pasado propiciaron su liquidación.
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miércoles, 17 de junio de 2020

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 620- “Ayuda de un experto”-profesional del derecho.


La Lectura, Estudiando, Abogado, PastorPor: Marco Bonilla  

Es claro que la profesión del contador no siempre le permite obtener los resultados esperados, si no cuenta con un profesional  que por su complejidad de las pruebas requiere del concurso de un experto.

Esta gama de expertos en la mayoría de casos tienen que ver sobre los oficios o procesos misionales de la organización y me estoy refiriendo a ingenieros civiles, ambientales, arquitectos, médicos, psicólogos, abogados especializados en impuestos,  actuarios, peritos, evaluadores, etc… quienes con sus pruebas y experticia profesional proporcionan bases y fundamentos para decidir sobre la seguridad razonable que la mismas normas internacionales de auditoría y aseguramiento reclaman.  

Un experto que es absolutamente necesario al momento de conformar el grupo de auditoria, y que se requiere de manera permanente, es el profesional en Derecho o abogado, que con su experiencia jurista y su vocación de legalidad y formalismo introduce un tinte de seguridad y marco jurisprudencial al proceso auditor, especialmente en aquellos procesos que por su condición requiere de aplicar pruebas basadas en rigores normativos, dada su condición de obligatoriedad en campos como la contratación, el presupuesto, las quejas y reclamos, los procesos disciplinarios, los procesos judiciales, el régimen laboral entre otros, que ante su inobservancia propician efectos no solo administrativos, financieros y operacionales, si no también disciplinarios y en ocasiones hasta penales. 

Por lo anterior, tenga en cuenta las siguientes consideraciones cuando se trate de alcanzar propósitos adecuados mediante el concurso de la pericia de un experto en derecho, entre otros

·       Constitución de la empresa.
·       Titulación de la empresa y de sus bienes.
·       Convenios con Bancos y entidades financieras.
·       Garantías bancarias.
·       Cartera de créditos, garantías, hipotecas, proceso de cobro del portafolio vencido.
·       Quejas y reclamos.
·       Derechos de petición, tutelas y desacatos.
·       Procesos disciplinarios.
·       Procesos jurídicos en contra o a favor de la entidad.
·       Seguimiento gestión abogados externos.
·       Legalidad de la contratación estatal.
·       Legalidad en el manejo del presupuesto.
·       Revisión sobre la legalidad y cumplimiento en el manejo de la nómina (selección, liquidaciones, novedades, régimen laboral,  ...
·       Cumplimiento de la normatividad sobre otros procesos claves.

En relación con la vinculación a la auditoría,  el experto puede ser contratado por la entidad, por el Auditor o puede ser solicitado a manera de préstamo cuando es empleado de la administración- Esto quiere decir, que sí la entidad o empresa, cuenta con el talento humano necesario para realizar lo requerido por la auditoria a través de un experto, ésta puede comisionarlo de manera temporal,  pero,  siempre dirigido e instruido por el auditor sobre los fines y objetivos de sus pretensiones y siempre y cuando el experto no tenga ninguna relación o función frente al tema objeto de evaluación o estudio.

El experto deberá contar con las siguientes competencias: Certificación o licencia profesional, o membrecía del experto en un órgano profesional apropiado; y experiencia y reputación del experto en el campo en que el auditor requiera.

Reflexión: El trabajo de auditoría no admite improvisación alguna.










sábado, 7 de septiembre de 2013

“EL DICTAMEN", resultado de la auditoria que no admite equivocaciones.



El dictamen es el documento formal que suscribe el Contador Público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultados del examen realizado sobre los estados financieros del ente. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo. [CTCP, 1999]”

Sí existe una etapa importante en el proceso de auditoria que requiere el mayor cuidado profesional, no es otra que la elaboración del dictamen, como quiera que en él se materializa y se consolida de manera precisa y sin equivocaciones el resultado obtenido, después de surtir toda la etapa de programación y ejecución de la auditoria, con innumerables pruebas sustantivas y de control; verificaciones, inspecciones, confirmaciones, análisis, cálculos, etc… complementadas con reuniones y validaciones con la administración.

La Norma Internacional de Auditoría (NIA) -700, trata sobre las responsabilidades del auditor al formarse una opinión sobre los estados financieros. También se refiere a la forma y el contenido del dictamen del auditor emitido como resultado de una auditoría de estados financieros, para lo cual tendrá en cuenta los siguientes requerimientos:

  • El auditor se formará una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable;
  • Con el fin de formarse dicha opinión, el auditor concluirá si ha obtenido una seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error;
  • Si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
  • Realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría”;
  • El informe de auditoría llevará un título que indique con claridad que se trata del informe de un auditor independiente;
  • El informe de auditoría irá dirigido al destinatario correspondiente según lo requerido por las circunstancias del encargo;
  • El apartado introductorio del informe de auditoría: identificará a la entidad cuyos estados financieros han sido auditados;
  • Especificará la fecha o periodo que cubre cada uno de los estados financieros incluidos en los estados financieros;
  • Señalar que la entidad es la responsable de la preparación de los estados financieros;
  • El informe de auditoría incluirá una sección titulada “Responsabilidad del auditor”.
  • En el informe de auditoría se manifestará que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los estados financieros basada en la auditoría;
  • En el informe de auditoría se hará constar que la auditoría se llevó a cabo de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría;
  • El informe de auditoría también explicará que dichas normas exigen que el auditor cumpla los requerimientos de ética así como que planifique y ejecute la uditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de incorrección material;  
  • El informe de auditoría describirá en qué consiste una auditoría indicando que conlleva a la aplicación de procedimientos; valoración del riesgo, control interno, evaluación de la adecuación de las políticas contables y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección;
  • El informe de auditoría señalará si el auditor considera que la evidencia de auditoría que ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión del auditor;

El informe de auditoría incluirá una sección titulada “Opinión”;

Los tipos de opinión:

  • Favorable
  • Con salvedades
  • Desfavorable- negativa
  • Denegada, abstención.

Una opinión favorable, limpia, positiva o sin salvedades, expresa que el auditor ha quedado satisfecho, en todos los aspectos importantes de la auditoria.

La opinión con salvedades es aplicable cuando el auditor concluye que existen una o varias circunstancias en relación con las cuentas anuales tomadas en su conjunto, que pudieran ser significativas y excepto por ellas existe una certeza razonable.

Una opinión desfavorable- negativa, supone manifestarse en el sentido de que las cuentas anuales tomadas en su conjunto no presentan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado de las operaciones o de los cambios en la situación financiera de la entidad auditada, de conformidad con los principios y normas generalmente aceptados.

Una opinión denegada o abstención, se dá cuando el auditor no ha obtenido la evidencia necesaria para formarse una opinión sobre las cuentas anuales tomadas en su conjunto, debe manifestar en su informe que no le es posible expresar una opinión sobre las mismas.

Finalmente y después de la opinión, es prioritario que el auditor de manera clara y categórica reseñe un párrafo de énfasis, señalando situaciones que hayan generado incertidumbre con posible impacto en el futuro, así como emita concepto sobre la calidad del control interno; aseveraciones sobre la certeza en los pagos de aportes a la seguridad social de sus empleados; y que sus programas informáticos están debidamente licenciados, entre otras novedades importantes.

                        

De la calidad y justeza de los resultados se habrá realizado un excelente aporte en procura del mejoramiento de la organización.