lunes, 21 de octubre de 2013

NIA 620- Ayuda de un experto -profesional del derecho, con énfasis en control de legalidad y/o cumplimiento.

Es claro que la profesión del contador no siempre le permite obtener los resultados esperados, si no cuenta con un profesional  que por su complejidad de las pruebas requiere del concurso de un experto.

Esta gama de expertos en la mayoría de casos tienen que ver sobre los oficios o procesos misionales de la organización y me estoy refiriendo a ingenieros civiles, ambientales, arquitectos, médicos, psicólogos, abogados especializados en impuestos,  actuarios, peritos, avaluadores, etc… quienes con sus pruebas y experticio profesional proporcionan bases y fundamentos para decidir sobre la seguridad razonable que la mismas normas internacionales de auditoría y aseguramiento reclaman.  

Un experto que es absolutamente necesario al momento de conformar el grupo de auditoria, y que se requiere de manera permanente, es el profesional en Derecho o abogado, que con su experiencia jurista y su vocación de legalidad y formalismo introduce un tinte de seguridad y marco jurisprudencial al proceso auditor, especialmente en aquellos procesos que por su condición requiere de aplicar pruebas basadas en rigores normativos, dada su condición de obligatoriedad en campos como la contratación, el presupuesto, las quejas y reclamos, los procesos disciplinarios, los procesos judiciales, el régimen laboral entre otros, que ante su inobservancia propician efectos no solo administrativos, financieros y operacionales, si no también disciplinarios y en ocasiones hasta penales. 

Por lo anterior, tenga en cuenta las siguientes consideraciones cuando se trate de alcanzar propósitos adecuados mediante el concurso de la pericia de un experto en derecho:

·         Constitución de la empresa.
·         Titulación de la empresa y de sus bienes.
·         Convenios con Bancos y entidades financieras.
·         Garantías bancarias.
·         Cartera de créditos, garantías, hipotecas, proceso de cobro del portafolio vencido.
·         Quejas y reclamos.
·         Derechos de petición, tutelas y desacatos.
·         Procesos disciplinarios.
·         Procesos jurídicos en contra o a favor de la entidad.
·         Seguimiento gestión abogados externos.
·         Legalidad de la contratación estatal.
·         Legalidad en el manejo del presupuesto.
·         Revisión sobre la legalidad y cumplimiento en el manejo de la nomina (selección, liquidaciones, novedades, régimen laboral,  etc).
·         Cumplimiento de la normatividad sobre otros procesos claves.

En relación con la vinculación a la auditoría,  el experto puede ser contratado por la entidad, por el Auditor o puede ser solicitado a manera de préstamo cuando es empleado de la administración- Esto quiere decir, que sí la entidad o empresa, cuenta con el talento humano necesario para realizar lo requerido por la auditoria a través de un experto, ésta puede comisionarlo de manera temporal,  pero,  siempre dirigido e instruido por el auditor sobre los fines y objetivos de sus pretensiones y siempre y cuando el experto no tenga ninguna relación o función frente al tema objeto de evaluación o estudio.

El experto deberá contar con las siguientes competencias: Certificación o licencia profesional, o membrecía del experto en un órgano profesional apropiado; y experiencia y reputación del experto en el campo en que el auditor requiera.

Reflexión: El trabajo de auditoría no admite improvisación alguna.

Hasta pronto. 



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